Calificación de compraventa
Datos técnicos del acto
- Clasificación de ingreso
- Notarial
- Art. 2 Ley 17.801
- Acto (art. 2 inc. a)
- Rubro/s del folio real
- Dominio
- Certificado de dominio
- Sí
- Inscripción provisional
- Sí
- Certificado catastral
- Sí
Descripción
Transmisión del dominio de inmuebles a título oneroso mediante escritura pública (art. 1017 CCCN). El transmitente debe ser el titular registral o actuar con poder suficiente. El Registro califica la legalidad extrínseca del instrumento y verifica la ausencia de impedimentos para la disposición del bien.
Control Documental
- Primera copia de escritura pública de compraventa
- Carátula rogatoria con datos completos del inmueble y las partes
- Certificado de dominio vigente al momento del otorgamiento
- Certificado catastral actualizado
- Comprobante de pago de tasas registrales
- Acreditación de CUIT/CUIL de los otorgantes (cuando corresponda por monto)
- Constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales (ARBA, AFIP, según DTR)
- Poderes o autorizaciones (si actúa representante)
Modelo de asiento
En folio real N° [...] se inscribe transmisión de dominio a favor de [...] (DNI/CUIT [...]), por escritura N° [...] de fecha [...] pasada ante Esc. [...] (Reg. N° [...], Partido [...]), Precio: $[...]. Inscripción provisional por 45 días hábiles.
Observaciones
Si el inmueble pertenece a una sociedad conyugal bajo el régimen de comunidad, deberá prestarse el asentimiento conyugal (art. 470 CCCN). Verificar ausencia de inhibiciones del transmitente.